Procedimientos de conexión para conexiones sencillas

Las conexiones sencillas son aquellas solicitudes de acceso al Sistema de Distribución Local (SDL) que, por sus características técnicas, no requieren la presentación de diseños eléctricos ni estudios complejos. Su trámite es más ágil y simplificado frente al de las conexiones complejas, pero igualmente debe cumplir con los requisitos de seguridad, confiabilidad y normativa vigente.

¿En qué consisten?

Se consideran conexiones sencillas los proyectos definitivos o provisionales que cumplen todas las siguientes condiciones:

  • Involucran entre 1 y 12 cuentas residenciales o de pequeño comercio conectadas en baja tensión.
  • No superan los 30 kVA de capacidad instalada en zonas urbanas o los 15 kVA en zonas rurales.
  • La extensión de la red de baja tensión no excede los 30 metros.

Estas características permiten que la conexión pueda ejecutarse sin necesidad de aprobación de diseños eléctricos por parte del Operador de Red.

¿Quiénes las pueden presentar?

  • Usuarios residenciales que requieran conexión en predios individuales o conjuntos de hasta 12 cuentas.
  • Pequeños comercios que demanden baja potencia en zonas urbanas o rurales.
  • Usuarios con necesidades provisionales, como eventos pequeños, construcciones temporales o servicios de corta duración, siempre que no superen los límites establecidos.

¿Cómo se pueden presentar?

  1. Radicación de la solicitud de servicio a través del formato SD-OP-FO-013 o mediante el portal web dispuesto por el OR (Energuaviare).
  2. Anexar documentos básicos, tales como:
  • Fotocopia del documento de identidad o certificado de Cámara de Comercio (si es persona jurídica).
  • Carta de autorización del propietario en caso de que el solicitante no sea el titular del predio.
  1. En este tipo de conexión no es necesario presentar diseños eléctricos para aprobación, salvo que la empresa detecte condiciones especiales que lo ameriten.
  2. El usuario debe garantizar que la instalación interna cumpla con el RETIE, mediante declaración de cumplimiento expedida por un técnico electricista con matrícula profesional.

¿Cuáles son los tiempos de respuesta?

Según la Resolución CREG 075 de 2021:

  • El Operador de Red (Energuaviare) debe emitir la respuesta a la solicitud de factibilidad en un plazo máximo de 7 días hábiles.
  • Una vez aprobada la factibilidad y verificados los documentos, el proceso de conexión y puesta en servicio se programa de acuerdo con la disponibilidad de cuadrillas y equipos.

Normas que sustentan el procedimiento

  • Resolución CREG 075 de 2021: Define el procedimiento para la conexión de usuarios al SDL, diferenciando entre conexiones sencillas y complejas.
  • Circular CREG 001 de 2023: Precisa y detalla la aplicación práctica de la Resolución 075 de 2021, incluyendo los tiempos y flujos de trámite.
  • RETIE (Resolución MinMinas 90708 de 2013 y actualizaciones): Reglamenta la seguridad, confiabilidad y calidad de las instalaciones eléctricas.

1. Formato de Solicitud del Servicio

2. Lista de Chequeo de Requisitos de Conexión

3. Declaraciones de Cumplimiento